Está en marcha el procedimiento para el envío de sobres con material electoral a los electores.
Solo en el caso de que el ciudadano residente en Uruguay o con derecho a voto no reciba el sobre en su domicilio, podrá solicitar un duplicado a la Embajada, a partir del domingo 6 de septiembre.
Para ello, la Embajada también estará abierta al público los días domingo 6, sábado 12 y domingo 13 de septiembre, de 09.00 a 15.00 horas (José Benito Lamas 2857).
Se recuerda que, tras la aprobación de la Ley 52/2015, ya no es necesario que el interesado se presente personalmente en la oficina consular para la emisión de un duplicado. El compatriota también puede enviar su solicitud por correo electrónico, a elettorale.montevideo@esteri.it, o vía PEC a la dirección con.montevideo@cert.esteri.it, acompañada de una fotocopia de un documento de identificación vigente, inclusive aquellos emitidos por las autoridades uruguayas.
Al solicitar un duplicado, se invita a los ciudadanos a utilizar el siguiente formulario: (cliquear aquí)
Se recuerdan a continuación las responsabilidades penales derivadas de la doble votación:
Ley 27 de diciembre de 2001, n. 459
«Normas para el ejercicio del derecho de voto de los ciudadanos italianos residentes en el extranjero» publicado en la Diario Oficial núm. 4 de 5 de enero de 2002.
Art. 18.
- Quien comete en territorio extranjero alguno de los delitos previstos en el acta consolidada de las leyes que contienen reglas para la elección de la Cámara de Diputados, a que se refiere el decreto del Presidente de la República de 30 de marzo de 1957, n. 361, y modificaciones posteriores, se castiga de acuerdo con la ley italiana. Las sanciones previstas en el artículo 100 del citado acto consolidado, en caso de votación por correspondencia, están destinadas a ser duplicadas.
- Quien, con ocasión de las elecciones de las Cámaras y de los referendos, vote tanto por correspondencia como en la sede de última inscripción en Italia, o que vote varias veces por correspondencia, será sancionado con prisión de uno a tres años y multa de 52 euros. a 258 euros.