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Referéndum Constitucional Confirmatorio de los días 22 y 23 de marzo de 2026

Referendum_Costituzionale-2026

VOTO POR CORRESPONDENCIA DE LOS CIUDADANOS ITALIANOS EN EL EXTRANJERO Y OPCIÓN DE VOTO EN ITALIA

Mediante Decreto del Presidente de la República del 13/01/2026, publicado en la Gaceta Oficial el 14/01/2026, se ha fijado para los días 22 y 23 de MARZO de 2026 la fecha del referéndum previsto por el art.138 de la Constitución para la modificación de algunos artículos de la Constitución (denominada “Reforma de la justicia”).

Se recuerda que el VOTO es un DERECHO protegido por la Constitución italiana y que, de conformidad con la Ley n.º 459 del 27 de diciembre de 2001, los ciudadanos italianos residentes o temporalmente en el extranjero, inscritos en las listas electorales, pueden VOTAR POR CORRESPONDENCIA, recibiendo el sobre electoral en su propio domicilio de residencia. A tales efectos, se recomienda verificar y, en su caso, regularizar de inmediato la propia situación registral y de domicilio ante la Oficina Consular competente (se recuerda que por ley los sobres electorales deben enviarse aproximadamente un mes antes de la fecha de la votación en Italia), utilizando preferentemente el portal en línea de servicios consulares Fast It.

Como alternativa al voto por correspondencia, los electores inscritos en AIRE pueden optar por votar en Italia en su municipio de inscripción electoral, comunicando por escrito su elección (OPCIÓN) al Consulado dentro del 10º día siguiente a la convocatoria de la consulta. La elección (opción) de votar en Italia es válida únicamente para la consulta referendaria para la cual se expresa.

LA OPCIÓN debe llegar a la Oficina Consular a más tardar dentro de los diez días siguientes a la convocatoria de la consulta, es decir, HASTA EL DÍA 24/01/2026.

Para dicha comunicación es posible utilizar el formulario específico que puede descargarse tanto del sitio web del Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperación Internacional (www.esteri.it) como del sitio web de la propia Oficina Consular de referencia.

El formulario, debidamente completado, firmado y acompañado de un documento de identidad, puede entregarse o enviarse a la Oficina Consular de referencia en mano, por correo postal, por correo electrónico ordinario o por correo electrónico certificado (PEC). Las direcciones correspondientes se encuentran disponibles en el sitio web del Consulado de referencia.

La comunicación de la opción también puede redactarse en papel simple; en cualquier caso, para ser válida debe contener nombre y apellidos, fecha y lugar de nacimiento, lugar de residencia y firma del elector, y es obligatorio enviarla junto con copia de un documento de identidad del declarante.

La normativa vigente establece que es cargo de los electores verificar que la comunicación de opción enviada por correo haya sido recibida a tiempo por su Oficina Consular. Las solicitudes recibidas posteriormente del plazo indicado NO podrán considerarse válidas.

La elección de votar en Italia puede ser posteriormente REVOCADA mediante una comunicación escrita que deberá enviarse o entregarse a la Oficina Consular por los mismos medios y dentro de la misma fecha prevista para el ejercicio de la opción.

La Ley NO prevé ningún tipo de reembolso por gastos de viaje mantenidos para el regreso a Italia con motivo del voto, sino únicamente facilidades tarifarias dentro de territorio italiano.

POR CUALQUIER ACLARACIÓN ADICIONAL, PUEDE DIRIGIRSE A SU OFICINA
CONSULAR DE REFERENCIA.

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