Entró en vigencia el Tratado de cooperación judicial en materia penal entre Italia y Uruguay. El texto tiene por objeto establecer una estrecha colaboración en el ámbito de la cooperación judicial penal, que aún no ha sido regulado por un instrumento análogo. Italia y Uruguay se comprometen a prestarse mutuamente la asistencia judicial recíproca más amplia posible en múltiples campos, incluida la búsqueda e identificación de personas, la notificación de actuaciones y documentos, la citación de personas involucradas en los procedimientos penales, la adquisición y transmisión de actuaciones, documentos y medios de prueba, la realización y transmisión de informes periciales, la toma de declaración de testigos, víctimas o peritos, la incautación y decomiso de bienes, el decomiso del producto del delito y otras formas de asistencia penal. También se prevén garantías para la protección de testigos y demás intervinientes en el procedimiento penal en relación con los delitos y las actividades de asistencia solicitadas; se regula la comparecencia por videoconferencia y se introducen medidas referentes al intercambio de información en materia penal.