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Pasaportes

INFORMACIONES GENERALES

El pasaporte es exclusivamente un documento de viaje y de identidad. Es válido para todos los Países cuyos Gobiernos sean reconocidos por el Gobierno italiano.

Antes de viajar se recomienda consultar atentamente la página web www.viaggiaresicuri.it donde se encuentran todas las informaciones sobre los documentos de viaje necesarios para ingresar en el País de destinación y eventuales restricciones y/o requisitos específicos.

El pasaporte italiano permite ingresar a Estados Unidos, con estadías de hasta 90 días, sin visado. Será necesario tramitar preventiva autorización de viaje ESTA – Visa Waiver Program. Al respecto sírvase contactar la representación diplomático consular de Estados Unidos.

La vigencia del pasaporte cambia dependiendo de la edad del titular:

  • para los menores de edad de 0 a 3 años tendrá una validez de 3 años;
  • para los menores de edad desde 3 a 18 años tendrá una validez de 5 años;
  • para los mayores de 18 años tiene una validez de 10 años.

Los pasaportes vencidos no pueden ser renovados y la libreta tendrá nuevo número.

A los menores será emitido un pasaporte individual. Para los menores de 14 años se indicarán los nombres de sus progenitores en la página 5. Estos pueden viajar con uno o ambos padres o con otro adulto designado con Declaración de Acompañamiento (ver sección al final).

Para las mujeres casadas – con solicitud especifica– es posible imprimir el apellido del cónyuge en la página 4 de la libreta.

CITA

Para solicitar la emisión del pasaporte es necesario agendar cita a través del sistema Prenot@mi (https://prenotami.esteri.it/). Se recomienda comenzar el trámite con suficiente anticipación respecto dela fecha de vencimiento del pasaporte. El sistema indicará el día y la hora para presentarse. Nótese la importancia de llegar puntual. En caso de retraso la cita será cancelada y no será posible ingresar a la Cancillería Consular. El interesado tendrá que reservar nueva cita.

EMISIÓN DEL PASAPORTE

La Oficina Pasaportes de la Cancillería Consular en Montevideo se ocupa de la emisión de los pasaportes de los ciudadanos italianos residentes en la circunscripción y de los no residentes (en este último caso previa resultancia en actas del previsto “nulla osta” (nada obsta) y mandato de parte de la Autoridad Italiana competente por residencia: Jefatura de Policia u otra Representación diplomático/consular).

Se recuerda la obligación de todos los ciudadanos italianos de mantener actualizado el estado civil del propio núcleo familiar (nacimientos, matrimonios, divorcios, fallecimientos) y anagrafe (cambios de dirección).

La actualización debe ser cumplida en forma previa a la solicitud del pasaporte. En caso que el estado civil no haya sido actualizado, no se podrá iniciar la solicitud del pasaporte.

Los solicitantes deben presentarse personalmente en la Cancillería Consular para la toma de huellas dactilares.

 

COSTO Y VIGENCIA DEL PASAPORTE

Para consultar el costo del pasaporte clíquear en el siguiente link: (cliquear aquí).

El costo comprende el precio de la libreta y de la contribución administrativa debida por la emisión del pasaporte y es válido para toda la vigencia del mismo.

El pago tiene que ser realizado en pesos uruguayos y en efectivo. Para simplificar la transacción, se agradece entregar el importe exacto.

DOCUMENTACIÓN NECESARIA PARA LA EMISIÓN DEL PASAPORTE

La documentación indicada debe ser entregada en original, acompañada de fotocopia simple:

  • último pasaporte italiano (si hay uno);
  • cedula de Identidad uruguaya (con fotocopia de ambos lados), para los residentes;
  • 2 fotografías iguales, NO digitalizadas, de 35mm x 40mm, a color, en fondo blanco de buena calidad, que capturen el rostro de frente, a media distancia e con el arco superciliar descubierto, así como establecido en los estándares ICAO 9303 e ISO 19794-5 (ver ejemplo cliquear aquí). La foto tiene que ser reciente y debe permitir el reconocimiento del solicitante;
  • se recuerda que el ciudadano tiene la obligación de regularizar su estado civil y su residencia/domicilio previamente a la solicitud del pasaporte (ver sección Estado Civil, cliquear aquí);
  • si el solicitante tiene hijos menores de 18 años, el pasaporte podrá ser emitido previa presentación de una autodeclaración de ausencia de disposiciones del juez que prohíben la emisión (cliquear aquí) del pasaporte. La autodeclaración es necesaria debido a que el juez puede prohibir, por un periodo máximo de dos años, la emisión del pasaporte en favor del progenitor que intente no cumplir con sus obligaciones hacia los hijos menores. La solicitud de prohibición puede ser presentada al juez por parte del otro progenitor o por el fiscal.
  • si el solicitante es menor de 18 años, requerirá del acta de consentimiento de ambos progenitores (también estos deberán presentarse con sus documentos de identidad y copia de los mismos).

La Oficina de Pasaportes se reserva, asimismo, después de haber analizado cada caso en particular, la facultad de solicitar eventualmente ulterior documentación que considere necesaria.

 

 

ACTAS DE CONSENTIMIENTO

El consentimiento puede ser manifestado en forma escrita de las siguientes maneras:

  • personalmente en esta Cancillería Consular o en los Viceconsulados en el País;
  • personalmente en las Jefaturas de Policía en Italia y en Representaciones diplomático consulares en el exterior.

Las razones que pueden ser adoptadas para negar el consentimiento son aquellas vinculadas a incumplimientos respecto de las obligaciones alimentarias y mantenimiento de menores.

En los casos particulares, con instancia escrita, en ausencia de la autorización del otro progenitor, el Jefe de la Cancillería Consular, en su investidura de Juez Tutelar de los menores residentes en su circunscripción, podrá, luego de efectuadas una serie de diligencias, valorar si autorizar la emisión, con pertinente Decreto Consular. Para ello el progenitor autorizante debe presentarse en la Oficina de Pasaportes, con cita previa, con escrito firmado donde se expongan y documenten los motivos por los cuales el otro padre/madre niega la firma del consentimiento. En tal nota es indispensable indicar el domicilio completo y eventuales números telefónicos y direcciones de correo electrónico del progenitor no autorizante.

 

DECLARACIÓN DE ACOMPAÑAMIENTO

En caso que el menor de 14 años no pueda viajar acompañado por uno o ambos padres, los progenitores podrán confiar el menor a la compañía aérea o a otra tercera persona. A tales efectos es necesaria una Declaración de Acompañamiento que puede ser requerida en la Cancillería Consular escribiendo a passaporti.montevideo@esteri.it. El día concordado los progenitores deberán presentarse con sus documentos de identidad (y copia), el pasaporte del hijo (y copia), copia del pasaporte del acompañante y copia del pasaje aéreo. No es necesaria la presencia del menor de edad.

SITUACIONES DE PARTICULAR URGENCIA

Se recomienda agendar la cita para la emisión del pasaporte con suficiente antelación al viaje previsto. Solo por motivos urgentes, según normativa vigente (laborales, graves motivos familiares, becas de estudio, intercambio, etc.), el solicitante podrá presentar solicitud formal por escrito fuera del sistema Prenot@mi adjuntando documentación justificativa del caso urgente y el pasaje aéreo (o reserva) directamente a la Oficina de Pasaportes al correo electrónico passaporti.montevideo@esteri.it. Las solicitudes que lleguen a la Cancillería sin la documentación solicitada no serán tomadas en consideración. Oportunamente y evaluada la situación, la Oficina de Pasaportes agendará una cita en tiempo util. La emisión de pasaportes con procedimientos urgentes prevé el pago de derechos de urgencia, además del costo del pasaporte.

CASOS DE HURTO O EXTRAVÍO DEL PASAPORTE

En caso de hurto o extravío del pasaporte, al connacional en situación de emergencia, residente en Italia o en otro País, y que no lograse en tiempo a realizar el necesario procedimiento para la emisión de un nuevo pasaporte, podrá emitirse un documento de viaje de emergencia (Emergency Travel Document – ETD) válido solamente para el viaje de retorno a Italia o al País de residencia legal registrada.

El interesado deberá presentarse en esta Cancillería Consular con:

  • documento de identidad (original o copia);
  • denuncia de hurto o extravío del pasaporte ante la Autoridad Local de Policía emitida en el día de la fecha o en los primeros días anteriores a la presentación;
  • 2 fotografías carnet para pasaporte (cliquear aquí);
  • Pasaje aéreo para el regreso.