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Estado Civil

Información General

La oficina de Registro Civil constata y registra los eventos esenciales relativos al ciudadano: nacimiento, matrimonio, defunción, divorcio, ciudadanía. Todos los ciudadanos italianos tienen el deber de comunicarle rápidamente a la Administración Pública Italiana toda variación relativa al propio estado civil y a la composición del propio núcleo familiar. A tales efectos deberá presentar las correspondientes actas formalmente perfeccionadas (y traducidas al idioma italiano) en la oficina consular correspondiente a la actual residencia, o ante la oficina consular competente por el lugar en donde ocurrió el evento, o directamente ante la Comuna italiana de pertenencia.

Como acceder al servicio

Para la actualización del estado civil, será necesario reservar cita a través del aplicativo “Prenot@Mi”, siguiendo las instrucciones disponibles en el siguiente enlace (cliquear aquí)

El día de la cita, en el horario asignado, deberá dirigirse a la oficina de Estado Civil de la Cancillería Consular, (Cardona 1012) con:

  • Formulario de solicitud de registro de partidas, correctamente compilado (cliquear aquí);
  • Las actas de estado civil que aun deban ser registradas in Italia, con la correspondiente apostilla del Haya puesta por el Ministerio de Relaciones Exteriores de Uruguay, y sucesivamente traducidos al italiano. Para las partidas de defunción digitales, ver notas a continuación. Como referencia útil se indica a continuación el enlace al sitio web del Colegio de Traductores Públicos del Uruguay que contiene una lista de profesionales (cliquear aquí);
  • Fotocopia del pasaporte italiano o de Cedula de Identidad uruguaya vigente, de cada uno de los integrantes del núcleo familiar (madre, padre e hijos);
  • Constancia de domicilio (factura reciente de algún servicio que paga mensualmente o en su defecto constancia policial).

No será posible aceptar documentación incompleta o no conforme con los requisitos solicitados, ni traducciones no plenamente conformes al documento original en lengua española.

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ULTERIOR INFORMACIÓN

Nacimiento de un Hijo (Menor)

Para registrar el nacimiento de un hijo menor de edad (si fuera mayor de edad, ver ciudadanía) es necesario presentar personalmente, previa cita (Prenot@Mi: https://prenotami.esteri.it – servicio Estado Civil) la partida de nacimiento expedida por el Registro Civil del lugar de nacimiento, con la correspondiente apostilla y sucesivamente traducido al italiano.

Salvo en casos específicos de reconocimiento, NO es necesaria la presencia del menor (es suficiente la presencia del padre/madre italiano)

IMPORTANTE: Si el hijo fue reconocido por los padres en distintos momentos, además del acta de nacimiento, debe presentarse el acta de reconocimiento (indicada al margen de la partida de nacimiento) con la correspondiente apostilla y sucesivamente traducido al italiano. Si el hijo es menor de 14 años, es necesaria la presencia de ambos padres; si el menor ya cumplió los 14 años, es necesaria la presencia del menor junto al progenitor italiano.

N.B. si los padres están casados, es INDISPENSABLE que el matrimonio sea registrado en Italia, asi como cualquier otra variación del estado civil del padre/madre ciudadano italiano que no haya sido aún registrada ante las Autoridades italianas. Es posible solicitar la registración de dichos eventos contemporáneamente a la registración del nacimiento del hijo menor. Sin la registración, ya sea previa o contemporáneamente, no será posible proceder con la registración del nacimiento del menor.

El formulario para la registración de la partida de nacimiento se encuentra en el siguiente link: (cliquear aquí).

 

Matrimonio

Para que el matrimonio celebrado en el exterior tenga valor en Italia debe ser transcripto en la Comuna italiana competente.

Para registrar el matrimonio es necesario presentar personalmente, previa cita (Prenot@Mi: https://prenotami.esteri.it – servicio Estado Civil) la partida de matrimonio expedida por el Registro Civil uruguayo, con la correspondiente apostilla y sucesivamente traducido al italiano.

N.B: deben ser transmitidos a Italia todos los matrimonios contraídos; no es posible transmitir un matrimonio sin que hayan sido transmitidos los matrimonios anteriores y las sentencias de divorcio correspondientes.

El formulario para la registración de la partida de matrimonio se encuentra en el siguiente link: (cliquear aquí).

 

Uniones civiles

En virtud de la ley n.76 del 20 de mayo de 2016 es posible solicitar la inscripción de las uniones civiles entre personas del mismo sexo y celebrados en el extranjero en el registro provisorio de las uniones civiles instituidos en las Comunas Italianas.

Para poder registrar la unión civil o matrimonio entre personas del mismo sexo, es necesario presentar personalmente, previa cita (Prenota@mi – servicio Estado Civil) la partida de matrimonio expedida por el Registro Civil uruguayo, con la correspondiente apostilla y sucesivamente traducido al italiano.

El formulario para la registración de la unión civil se encuentra en el siguiente link: (cliquear aquí).

 

Cohabitación de hecho

La convivencia de hecho regulada por la ley n. 76/2016 tiene una naturaleza distinta a las uniones civiles y no modifica el estado civil de las partes sino que se rige exclusivamente en el marco del registro.

El ciudadano italiano residente en el extranjero puede declarar la «cohabitación de hecho» con una persona del mismo o diferente sexo residente en el mismo domicilio en el extranjero en la oficina consular competente para la residencia. Tras la transmisión de la declaración de «cohabitación de hecho», el municipio italiano podrá emitir un certificado de establecimiento de una familia registrada.

En la oficina consular, el ciudadano italiano residente en el extranjero puede estipular el «contrato de convivencia» previsto en el párrafo 50 de la ley n. 76/2016 o solicitar la legalización de las firmas al pie del propio contrato. El contrato de convivencia tiene contenido exclusivamente patrimonial y se rige por la ley italiana solo si los contratantes son ciudadanos italianos o residen en Italia; si las dos partes tienen nacionalidades diferentes y residen en un país extranjero, la ley aplicable será la de ese país.

 

Sentencia de divorcio

Para registrar en Italia una sentencia de divorcio pronunciada en esta circunscripción consular, es necesario presentar personalmente, previa cita (prenota Online – servicio Estado Civil)

  • Testimonio integral de la Sentencia de Divorcio expedido por el Juzgado competente o el Archivo General de la Nación, o testimonio notarial por exhibición de la sentencia firme realizado por Escribano Público. Las sentencias de divorcio y testimonios notariales deben estar legalizados por la Sección Legalizaciones de la Suprema Corte de Justicia (Edif. del Notariado – 7mo. Piso, Montevideo); luego apostilladas por el Ministerio de Relaciones Exteriores del Uruguay con Apostilla de la Haya y sucesivamente traducidas al Italiano.
  • Declaración sustitutiva del acto de notoriedad [cliquear aquí]

El formulario para la registración del divorcio se encuentra en el siguiente link: (cliquear aquí).

 

Defunción de un Familiar

La defunción de un ciudadano italiano ocurrida en el exterior debe ser transcripta en Italia. Para registrar la defunción de un familiar es indispensable la presentación de la partida de defunción expedida por el Registro Civil uruguayo, con la correspondiente apostilla y sucesivamente traducido al italiano. Si el certificado de defunción está en el nuevo formato con firma digital, solo envíe el documento simple (también por correo electrónico a statocivile.montevideo@esteri.it), la oficina consular se encargará de legalizarlo y traducirlo al italiano.

El formulario para la registración de la partida de defunción se encuentra en el siguiente link: (cliquear aquí).

 

Eventos acontecidos en otra Circunscripción Consular (afuera del territorio de Uruguay)

Los ciudadanos italianos residentes en esta circunscripción consular, inscriptos regularmente en el AIRE, podrán presentar en esta Cancillería Consular las actas de estado emitidas en otra circunscripción consular. Tales actas deberán ser entregadas formalmente perfeccionadas (legalizadas por la Representación diplomática- consular italiana del país en el cual se emitieron dichas actas o provistas de la Apostilla de la Haya de 1961) y con traducción al italiano autenticada por la Representación diplomática- consular italiana competente.

En estos casos, para informaciones sobre los requisitos de los documentos, se invita a contactar la Representación diplomática- consular italiana competente territorialmente donde haya sido emitida el acta.