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REFERENDUM ABROGATIVOS 8 – 9 DE JUNIO DE 2025

VOTO POR CORRESPONDENCIA DE LOS CIUDADANOS ITALIANOS RESIDENTES EN URUGUAY

Y OPCIÓN PARA EL VOTO EN ITALIA

Con decretos del Presidente de la República del 31/03/2025, publicados en la “Gazzetta Ufficiale” del 31/03/2025, se fijó para los días 8 y 9 de JUNIO DE 2025 la fecha para los referendum abrogativos en base al art. 75 de la Constitución.

Se recuerda que el VOTO es un DERECHO tutelado por la Constitución Italiana y que, en base a la Ley n. 459 del 27 de diciembre de 2001, los ciudadanos italianos residentes en Uruguay, inscriptos en los padrones electorales, pueden VOTAR POR CORRESPONDENCIA, recibiendo el material electoral en su domicilio de residencia. A tales efectos, se recomienda controlar y regularizar la posición en el registro de la población y domicilio actualizado en la Oficina Consular competente, utilizando preferiblemente el portal online de los servicios consulares Fast It (https://ambmontevideo.esteri.it/it/servizi-consolari-e-visti/servizi-per-il-cittadino-italiano/anagrafe-degli-italiani-residenti-allestero-aire/aggiornamento-residenza/)

En alternativa al voto por correspondencia, los electores inscriptos en el AIRE podrán ELEGIR VOTAR EN ITALIA ANTE EL MUNICIPIO DE INSCRIPCIÓN ELECTORAL, comunicando por escrito la elección (“OPCIÓN”) a esta Embajada dentro de los 10 días siguientes a la fecha de convocatoria de los comicios electorales. Los electores que elijan votar en Italia en ocasión de la próxima consulta de referendum recibirán de los correspondientes Municipios italianos la comunicación-aviso para votar ante los circuitos electorales en Italia. La elección (opción) de votar en Italia vale sólo para la consulta de referendum respecto a la cual se expresa.

Si reitera que en todo caso la opción debe llegar a la Embajada NO MÁS TARDE DEL 10/04/2025. Esta comunicación podrá estar escrita en papel común y -para ser válida- deberá contener el nombre, apellido, lugar y fecha de nacimiento, lugar de residencia y firma del elector, acompañada de una copia del documento de identidad. Alternativamente podrá utilizar el formulario correspondiente que puede descargarse aquí.

El formulario, debidamente completado, firmado y acompañado de documento de identidad, podrá ser entregado/enviado:

  • a mano: calle Cardona 1012 (en la garita de ingreso);
  • por correo: Embajada de Italia – calle José Benito Lamas 2857, Montevideo;
  • por correo electrónico común: montevideo@esteri.it

Como lo prescribe la normativa vigente, será responsabilidad de los electores comprobar que la comunicación de opción enviada por correo haya sido recibida a su debido tiempo por la Embajada. Las solicitudes recibidas fuera del plazo indicado anteriormente NO PODRÁN considerarse válidas.

La opción de votar en Italia podrá ser REVOCADA posteriormente con una comunicación escrita que deberá ser enviada o entregada en la Embajada en la misma forma indicada anteriormente y dentro de la misma fecha fijada para el ejercicio de la opción.

Si se opta por regresar a Italia para votar, la ley NO prevé ningún tipo de reembolso por los gastos de viaje incurridos, sino únicamente tarifas reducidas dentro del territorio italiano.

La Embajada queda a su disposición para cualquier aclaración adicional  (elett.montevideo@esteri.it).